La consulta común es como continua la relación luego de la extinción laboral.

               Aquí debemos resaltar aspectos de la extinción de la relación laboral .La más común de las consultas es me jubilo y me envían al Pami de forma compulsiva, pero esta extinción también se puede dar por renuncia, despido o por retiro voluntario.

               Una de las preguntas e inquietudes más comunes que llegan al estudio, es la de la continuidad con la obra social y/o pre paga que fuera otorgada oportunamente por la empresa como plan corporativo, durante la vida laboral.

                La consulta común es como continua la relación luego de la extinción laboral. Aquí debemos resaltar aspectos de la extinción de la relación laboral .La más común de las consultas es me jubilo y me envían al Pami de forma compulsiva, pero esta extinción también se puede dar por renuncia, despido o por retiro voluntario.

                    Durante la vida laboral es muy frecuente que los empleados hagan un acuerdo con la empresa, por medio de la cual, esta les otorga un plan superador a su obra social de cabecera como ser OSDE, SWISS MEDICAL, OMINT, etc. De esta manera la empresa les otorga un plus por medio de estas coberturas.

                       Al momento de la jubilación, retiro voluntario y/o otras formas de extinción de la relación laboral. Comienzan los problemas con dichas obras sociales y prepagas .Explicando por ejemplo, en el caso que haya firmado un acuerdo voluntario de retiro que ya no lo aceptan en la prepaga por ser jubilado .Ofreciendo ser afiliado directo a las mismas pasando cotizaciones de las mismas que oscilan entre $30.000 y $40.000 por supuesto con muchas menos prestaciones, copagos y nuevas reglas de afiliación.

                         Tenemos que tener claro y saber que: La ley del Pami fue creada para que el jubilado pase de forma VOLUNTARIA……y por medio de la ley de obras sociales y prepagas usted tiene el derecho a continuar como afiliado en su obra social y /o prepaga de toda la vida de la misma forma que durante su vida laboral, derivando aportes a esta y no pagando el 21% de iva.

PASOS A SEGUIR.

                           Primeramente tenes que hacer un reclamo en la obra social, si te siguen denegando el derecho, consulta con  un especialista en Amparos e inicia la  Acción Judicial .Se llama Amparo .Este Amparo lo puede presentar cualquier persona que vea amenazado su derecho a la salud a través de una demanda presentada por un abogado.

¿CUANDO SE PUEDE INICIAR EL AMPARO?

                           Lo podés iniciar en cualquier época del año porque es uno de los pocos tipos de juicios que se pueden iniciar aun, durante la feria judicial de Julio y Enero, es decir, cuando los tribunales están de vacaciones .El amparo de salud es la vía más rápida que tenemos para solicitar el cumplimiento de las obras sociales y prepagas .Más aun, que no violen tus derechos fundamentales.

¿COMO ES EL PROCEDIMIENTO?

                             Un juez Federal ordenará una medida cautelar (acción rápida para proteger tus derechos) .Allí es donde la obra social y/o prepaga da el efectivo cumplimiento.

                             Si estás pasando por la negativa de la obra social o prepaga, comunícate con nosotros .Somos especialistas en derecho a la salud .Podemos ayudarte.

                              Contacto 0116189-9384 o scestudiodeabogados@gmail.com

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