Iniciamos Acción de amparo, conforme que un afiliado de IOSFA de 62 años de edad con  patología severa de artrosis, fue indicado por su  médico cirujano  la utilización de una prótesis de cadera  había solicitado la marca Stryker Zimmer Biomet por recomendación de su cirujano médico, especialista en ortopedia y traumatología, producida fuera del país para un implante, que debía hacerse con suma urgencia.

En la misma solicitud de antemano, rechazo explícitamente el uso de marcas nacionales. Agregando que la posibilidad de sustituir la prótesis importada, por una nacional, era imposible  por “no cumplir con las características técnicas”. Agrego, que por la edad  y futura calidad de vida del afiliado -la marca importada- era la adecuada a sus necesidades, lo que, en el futuro, ante la necesidad de una revisión protésica, se dispondría de mejor tejido óseo para la fijación de la prótesis”. Que la posibilidad de sustituir la prótesis importada, por una nacional, era imposible  por “no cumplir con las características técnicas” el retardo en la cirugía a practicarse, presentaba una  situación, claramente complicada, ya que el afiliado ya se encontraba muy deprimido  por su condición física, por la necesidad de utilizar antiinflamatorios de forma permanente para controlar los dolores. Más aun, que la artrosis  le condicionaba la vida  diaria, disminuía su calidad de vida y reducía su nivel de actividad cotidiana. Ya se encontraba imposibilitado hasta de llevar una vida social y   laboral activa.

 En este marco, el Sr. presento la solicitud en la obra social, quien una y otra vez, contestaba que se hacían cargo de la operación al 100%, con una prótesis nacional. Luego de varios pedidos de forma presencial  con cartas presentadas y un intercambio de cartas documentos, que duro varios meses, le sugirieron al afiliado que si quería una diferente, debería abonar la diferencia. Claramente el afiliado, económicamente no estaba apto para pagar la diferencia y conseguir así la marca importada

Con la Acción de amparo solicitamos una medida cautelar para que el juez ordene a la obra social cubra el 100% de la prótesis de cadera importada del afiliado en cuestión que padece  artrosis, por ver afectada su vida tras el rechazo de la demandada de solventar la totalidad del implante que había prescrito su médico cirujano, quien rechazó expresamente el uso de elementos nacionales para la operación.

 En ese marco, el Juez Federal de primera instancia, donde fue sorteado el amparo, con celeridad, ordeno   ponderando el derecho a la salud y  proveer la cobertura total (al 100%) de la prótesis de caderamarca Stryker Zimmer Biomet por recomendación de su cirujano médico, especialista en ortopedia y traumatología en virtud de que “no existe una similar en el país”. En su fallo  consideró, entre otros asuntos, lo que habría esgrimido el hombre de la artrosis: económicamente no estaba apto para pagar la diferencia y conseguir así la marca importada. Considero sumamente importante atender a los certificados médicos y las recomendaciones del profesional de la salud, puesto que fundó debidamente su pedido al rechazar el uso de los productos nacionales “por la calidad de sus componentes”.

Si estás pasando por una situación similar, no te quedes con la negativa por parte de la obra social. Contáctate con nosotros podemos ayudarte. Nos avalas 24 años en Especializarnos en Amparos de Salud.

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Todo ser humano tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud que le permita vivir dignamente. La ley te asiste, no solo mediante la Constitución Nacional, además, lo dispuesto en los Tratados Internacionales.

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