CUANDO HEREDAR NO SIGNIFICA TOMAR UN AVIÓN
Una de las consultas más frecuentes que recibo de argentinos residentes en el exterior es la siguiente:
«Mi padre, mi madre o un familiar falleció en Argentina. ¿Tengo que viajar obligatoriamente para iniciar la sucesión?»
La preocupación es lógica.
Quien vive en España, Estados Unidos, Italia o cualquier otro país suele pensar que deberá afrontar pasajes, alojamiento, ausencias laborales y múltiples viajes para poder resolver una herencia en Argentina.
Sin embargo, en muchos casos la respuesta es tranquilizadora:
No siempre es necesario viajar a la Argentina para iniciar y tramitar una sucesión.
El ordenamiento jurídico argentino prevé herramientas que permiten a los herederos actuar mediante representantes y poderes especialmente otorgados para ese fin.
¿CÓMO PUEDE INICIARSE UNA SUCESIÓN DESDE EL EXTERIOR?
Cuando un heredero reside fuera del país puede designar un apoderado para que actúe en su nombre durante el trámite sucesorio.
De esta manera, numerosas actuaciones judiciales pueden llevarse adelante sin que el heredero deba trasladarse personalmente a la Argentina.
Esto resulta especialmente importante cuando:
- El heredero vive permanentemente en el exterior.
- Existen dificultades económicas para viajar.
- El trabajo o la situación familiar impiden desplazamientos frecuentes.
- Hay varios herederos viviendo en distintos países.
LOS PODERES OTORGADOS ANTE CONSULADOS ARGENTINOS
Una de las herramientas más utilizadas para estos casos es el otorgamiento de un poder ante el Consulado Argentino correspondiente al lugar de residencia del heredero.
Los consulados argentinos poseen facultades notariales que permiten instrumentar determinados actos jurídicos destinados a producir efectos en la República Argentina.
Mediante este mecanismo, el heredero puede autorizar a un abogado o representante para intervenir en la sucesión.
Ello evita, en muchos casos, la necesidad de viajar especialmente para iniciar el expediente.
¿QUÉ FACULTADES PUEDE CONTENER EL PODER?
Dependiendo de cada situación particular, el poder puede incluir facultades para:
- Iniciar la sucesión.
- Presentar documentación.
- Solicitar declaratorias de herederos.
- Intervenir en trámites judiciales.
- Gestionar inscripciones registrales.
- Realizar actos vinculados con bienes hereditarios.
La extensión concreta de las facultades dependerá de las necesidades del caso y de los actos que deban realizarse durante el proceso.
¿EXISTEN ACTOS QUE PUEDAN REQUERIR INTERVENCIÓN PERSONAL?
Cada sucesión presenta particularidades.
Por ello resulta importante analizar previamente la situación de los herederos, la ubicación de los bienes y las actuaciones que deberán desarrollarse.
Sin embargo, la experiencia demuestra que una gran parte del trámite puede gestionarse eficazmente mediante poderes otorgados desde el exterior.
LA REALIDAD DE MUCHAS FAMILIAS ARGENTINAS EN EL EXTERIOR
Durante los últimos años ha aumentado considerablemente el número de argentinos que residen fuera del país.
España, Estados Unidos e Italia aparecen entre los destinos más frecuentes.
Cuando un familiar fallece en Argentina, la distancia geográfica suele generar incertidumbre:
- ¿Debo viajar?
- ¿Cuántas veces?
- ¿Puedo hacer el trámite desde aquí?
- ¿Qué documentación necesito?
La buena noticia es que existen herramientas jurídicas destinadas precisamente a superar esos obstáculos.
ASPECTOS JURÍDICOS RELEVANTES
El Código Civil y Comercial de la Nación reconoce la posibilidad de actuar mediante representantes y apoderados en numerosos actos jurídicos y procesales.
Asimismo, la actuación consular cumple un papel fundamental en la instrumentación de documentos destinados a producir efectos en la República Argentina.
Por ello, la planificación adecuada de la sucesión y del poder correspondiente suele permitir una gestión mucho más eficiente del trámite.
CONCLUSIÓN
Vivir en el exterior no significa quedar imposibilitado de ejercer los derechos hereditarios en Argentina.
En muchos casos, mediante la utilización de poderes otorgados ante consulados argentinos, es posible avanzar significativamente en el trámite sucesorio sin necesidad de viajar.
Cada situación requiere un análisis particular, pero conocer estas herramientas permite a los herederos tomar decisiones informadas y evitar gastos o desplazamientos innecesarios.
