Internación domiciliaria.“Internación domiciliaria: ¿Qué cubre tu obra social y cómo reclamarlo?”

Cuando un paciente no puede valerse por sí mismo y su médico tratante indica que no debe permanecer en una clínica, la internación domiciliaria se convierte en una alternativa esencial. Sin embargo, muchas obras sociales y prepagas se niegan a cubrir los elementos indispensables como cama ortopédica, silla de ruedas, colchón antiescaras o asistencia de enfermería.

¿Qué debe cubrir la obra social ante una internación domiciliaria? Cama ortopédica, cuidador, insumos y más.

¿Sabías que si tu familiar necesita internación domiciliaria, la obra social debe cubrir no solo al profesional de enfermería sino también los elementos esenciales como cama ortopédica, colchón antiescaras, silla de ruedas, pañales y asistencia médica integral?

Cada vez más familias reciben la indicación médica de internar a un paciente en su hogar: adultos mayores, personas con discapacidad, pacientes postquirúrgicos o con enfermedades crónicas. En muchos casos, las obras sociales se limitan a enviar una enfermera o kinesiólogo unas horas por día, pero no cumplen con toda la cobertura legalmente obligatoria.

¿Qué debe cubrir una obra social por ley?

Conforme a las leyes nacionales y a la Ley 24.901 de Discapacidad, una internación domiciliaria no es sólo una «alta médica»: debe contemplar:

  • Cama ortopédica articulada
  • Colchón antiescaras
  • Silla de baño
  • Silla de ruedas (estándar o postural, según indicación)
  • Cuidado de enfermería las 24 hs (cuando lo requiera el cuadro clínico)
  • Acompañante o cuidador domiciliario
  • Medicación crónica o eventual
  • Supervisión médica periódica

¿Qué hacer si niegan la cobertura?

Si tu obra social no autoriza los elementos o profesionales requeridos, podés iniciar un reclamo administrativo inmediato o, en caso de urgencia, una acción de amparo. Muchos jueces han reconocido que negar estas prestaciones vulnera el derecho a la salud, la dignidad y la autonomía del paciente.

«El hogar no puede ser un hospital improvisado sin recursos.»
Jurisprudencia: CNFed. Civ. y Com., Sala II, “F. A. c/ Obra Social X s/ amparo”, 2022.

**“M., C. R. c/ OSDE s/ amparo” – Juzgado Federal N° 2 de San Martín – 2022**

La jueza ordenó a la prepaga cubrir en forma urgente la internación domiciliaria completa de una paciente con Alzheimer y movilidad nula. Se ordenó:

“La provisión de cama ortopédica, colchón antiescaras, silla de ruedas, asistencia de enfermería y medicamentos en un plazo no mayor a 48 hs. bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias”.

📍**“S.C.C. c/ OSPAC s/ Amparo de salud” – Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 6 – 2023**

Se resolvió:

“La negativa de cobertura vulnera el derecho a la salud y a la vida digna. Las prestaciones indicadas por el médico tratante son de carácter obligatorio para el agente de salud”.


¿Cómo reclamar?

  1. Solicitar indicación médica escrita del profesional tratante.
  2. Pedir por nota la cobertura a la obra social (guardar copia).
  3. Si no hay respuesta o es negativa, enviar carta documento.
  4. Iniciar acción de amparo con medida cautelar urgente.

Conclusión

La internación domiciliaria no puede ser recortada. Cuando se prescribe por razones médicas y humanas, debe ser cubierta sin excusas. Frente a una negativa, el amparo es la vía legal más efectiva.

Si estas pasando por algo similar no permitas que te denieguen lo que por derecho te corresponde. Contáctanos, podemos ayudarte! Llamanos al 011 6189-9384 o envíanos un email a scestudio de abogados @gmail.com