OSDE AMPARO DE SALUD PARA PAGO DEL 100% DE INTERNACION GERIATRICA.

 SE ORDENA QUE OSDE CUBRA RESIDENCIA GERIATRICA.

Se presenta en el estudio ABEL.J hijo de la afiliada comentándonos que su madre tiene 83 años es afiliada a Osde y ha solicitado por todos los medios que Organización de Servicios Médicos Empresarios –OSDE  se le reconozca la cobertura del 100% de la internación geriátrica en el Hogar Geriátrico Centro……, alegando, entre otras cuestiones, que la institución referida cuenta con las condiciones, características y comodidades necesarias para su condición de salud y su edad avanzada. Sostiene que se trata de una persona de 82 años de edad que debe ser objeto de privilegiada protección por el grado de vulnerabilidad. Y refiere a las consecuencias gravosas de una posible extenuación de la institución en la que reside actualmente. Por último, enfatiza que la afectación económica, imposibilita al hijo de la afiliada abonar los montos generados con motivo de la internación, lo que hace peligrar su continuidad en aquella residencia. Ante todo, cabe destacar que la señora S. M. B. –de 82 años de edad- padece de “anormalidades de la marcha y la movilidad paraplejia, no especificada y disfunción neuromuscular de la vejiga”, por lo cual le fue otorgado el correspondiente Certificado de Discapacidad.

 En virtud de lo expuesto por Abel hijo de la Sra., S.M.B  decidimos iniciar una ACCION DE AMPARO, conforme que el hijo es el único sustento de la madre, para la manutención de toda la familia, continua comentándonos que más el aumento desproporcionado que genero la prepaga luego del decreto 70/24, el pago de la misma subió un 300%, por lo tanto ya no puede seguir con este pago tan elevado de prepaga, más el geriátrico que viene afrontando solo hace 2 años ,más los medicamentos e insumos que requiere su madre todos los meses. Todos ello eleva a un presupuesto de $4.500.000 por mes, lo que ponen riesgo dejar a su madre en el geriátrico ya que hace un mes no puede pagar el total de los gastos.

Así decidimos iniciar una ACCION DE AMPARO  al los efectos de solicitarle a V.S una medida cautelar para decretar el pago del geriátrico por parte de OSDE, más la medicación e insumos.

En el plazo de 5 días y de forma urgente el juez de primera instancia resolvió la medida cautelar ordenando a OSDE el pago al 100% del geriátrico, de los medicamentos e insumos  de forma definitiva y según prescripción médica.

Si estás pasando por una situación similar donde la obra social o prepaga no quieren cubrir una residencia geriátrica o la medicación al 100% de una enfermedad crónica.

Contáctate con nosotros . Podemos ayudarte!

Llámanos al 011 6189-9384.Nos avalan 25 años en la Especialización a amparos de Salud.  

IOSFA y el derecho a envejecer con dignidad: la Justicia obliga a cubrir una internación total.

Un nuevo fallo reafirma que el derecho a la salud y a una vejez digna no pueden quedar supeditados a decisiones administrativas.

FALLO ORDENANDO A IOSFA EL PAGO DE RESIDENCIA CATEGORIA A, MAS EL 35% EN CONCEPTO DE DEPENDENCIA.

El afiliado —cuyas iniciales reservamos por respeto a su intimidad— se encontraba internad en una residencia CAVADONGA desde 2022.Su hijo era el único que se hacía cargo del pago de la residencia y todo lo que necesitaba su padre. Alejandro y su esposa, nos adelantó que fueron innumerables veces a IOSFA, llenando una cantidad de formularios que circulaban de oficina a oficina y cada vez que preguntaban que había sucedido o si tenían resultado alguno. Nadie se hacía cargo, en ninguna oficina se encontraban las planillas firmadas. El año pasado logro que IOSFA le pagara una ayuda social de $800.000 en conceto de geriátrico, medicación, pañales y todo lo que necesitaba su padre.

Conforme a todo este relato, decidimos iniciar una Acción de amparo contra IOSFA. En el lapso de 10 días la jueza federal RESOLVIO: “IOSFA deberá garantizar al afiliado, en un plazo de tres días hábiles, el pago de la residencia como, Hogar Permanente con Centro de Día, Categoría A, con más el 35% por dependencia, conforme las normas vigentes, más medicación, insumos, pañales y medicamentos al 100%.”

Este como tantos otros fallos, deja en evidencia que la cobertura geriátrica no es un “beneficio”, sino un derecho adquirido por años de aportes. Nadie puede ser obligado a abandonar un tratamiento o residencia médica por cuestiones presupuestarias de la obra social.

La jueza también recordó que: «El derecho a la salud de los adultos mayores debe ser interpretado bajo el principio de dignidad humana, especialmente cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad.”

¿Te pasa algo parecido?

Si vos o algún familiar atraviesan una situación similar, te recordamos que contás con herramientas legales para reclamar. El amparo de salud permite exigir con urgencia aquello que las obras sociales intentan negar. Podes comunicarte con el Estudio Jurídico Sciolla-Casariego al (011) 6189-9384. Estamos para ayudarte.