ACCION DE AMPARO POR NEGATIVA A ENTREGAR MEDICACION ONCOLOGICA A UNA AFILIADA MONOTRIBUTISTA DE LA OBRA SOCIAL OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE FARMACIA-UNA VEZ LLEGADA SU JUBILACION LE DIERON DE BAJA EN LA OBRA SOCIAL.

Se presentó en el estudio la Sra.  B. E. N.  afiliada a Obra social de farmacia, nos comenta que fue afiliada a la misma desde Septiembre de 2014,como monotributista. En el mes de Noviembre de 2023 obtuvo su beneficio jubilatorio al comunicarse con la Obra Social a los efectos de continuar con la misma, esta le contesto que no recibía jubilados, que ya no le proveerían del tratamiento médico al cual se estaba sometiendo a la fecha y su única alternativa era pasar al Pami.   La Sra. B nos comunica que está pasando por un tratamiento oncológico con quimioterapia y al ser cortada la prestación corre grave peligro su  vida. Su diagnóstico es  CA pulmón E III ,al momento se encuentra  con ciclos de quimioterapias ( doce en total) con diferentes drogas y medidas de dosis, habiendo recibido Radioterapia tridimensional conformada en Octubre 2022 .La medicación que está  utilizando al momento es Paclitaxel 30 mg 8 ampollas, Prembrolizumab 100 mg(ampollas x 2) Ondasetron 8 mg 2 ampollas .

Ante la desesperación de no poder continuar con su médico tratante oncológico, quien la atiende desde el primer momento de aparecer su diagnóstico. Solicito de todas las formas posibles a la Obra social en cuestión su derecho a continuar en la misma, sin obligación de pasar al Pami. Siempre recibió una negativa rotunda  por parte de esta.

Así, es como decidimos iniciar ACCION DE AMPARO  a los efectos de solicitar en primera medida la continuidad en la obra social luego de haber recibido su beneficio jubilatorio y por otro lado le solicitamos al Juez interviniente, que ordene continuar con las prestaciones medico asistenciales que gozaba antes de su jubilación. Los cuales eran absolutamente vitales para su vida, conforme que su enfermedad oncológica se encuentra muy avanzada.    

En el lapso de 20 el Juez Federal de Capital Federal nos otorgó la medida cautelar y ORDENO: Dispónese que, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE FARMCIA deberá mantener la afiliación de la Sra. B.E.N como beneficiaria de los servicios de salud prestados por esa entidad. Hácesele saber a la demandada que deberá mantener las prestaciones médico asistenciales que les corresponden como afiliada.

Si estás pasando por una situación similar con algún tipo de tratamiento, seas monotributista o hayas trabajado en relación de dependencia.

Si te jubilaste o estas por jubilarte y la obra social o prepaga te informa que no continuara teniéndote como afiliada/o, con la excusa que ellos no reciben jubilados. Tenes que saber que ello no es asi!  Al contrario tenes el Derecho a seguir en la obra social y/o prepaga de toda tu vida derivando aportes  y con las prestaciones médicas asistenciales de toda la vida.

Contáctanos podemos ayudarte 011 61899384.Estudio Jurídico en Amparos de Salud. Nos avalan 24 años en el ejercicio de la profesión.

MEDICACION ONCOLOGICA-AMPARO DE SALUD-JUEZ FEDERAL ORDENO A SANCOR SALUD A OTORGAR LA MEDICACION ONCOLOGICA AL 100%.

Se presenta la Sra. C.V en el estudio comentándonos que es afiliada a Sancor Salud hace muchos años, años anteriores había transitado por cáncer de mama el cual en su momento se había controlado .Que en Noviembre de 2023  volvió a tener recurrencia de la enfermedad a nivel ganglionar, encontrándose estructuras malignas. Que a fin de determinar si era el mismo tipo de cáncer que el anterior o uno nuevo, se efectúo una biopsia de adenopatía supraclavicular derecha y los resultados fueron: positivo para cáncer de mama y triple negativo. Explicó que esto último significa que se trata del cáncer de mama más agresivo, porque crece rápidamente. Al  obtener sus nuevos resultados, el médico de cabecera  le prescribió con suma urgencia para su enfermedad, cáncer de mama estadio IV (avanzado y metastásico) consistente en el esquema Atezolizumab más quimioterapia (Nab-Paclitaxel, nombre comercial Abraxane) por todo el tiempo que médicamente sea necesario. La Sra. C.V explico  la situación a Sancor para solicitar la medicación prescrita. Cabe aclarar que  la medicación solicitada es muy cara, más aun que no se sabe cuánto tiempo va a necesitar ser solicitada .Sancor Salud le contesto que no se la iban a otorgar por no estar dentro del PMO (Programa médico obligatorio).

Es importante que las personas, no queden con esa respuesta, conforme que esto no es real.

Que es el PMO? El plan médico obligatorio se implementó hace muchos años, donde incluía ciertos medicamentos y enfermedades que estaban dentro de este, pero con el pasar de los años y el avance de la ciencia, la medicina y las enfermedades. Este se fue ampliando.

Este plan médico obligatorio es un piso para las prestaciones, pero hoy día no tiene techo. Menos para las enfermedades oncológicas. Tanto las obras sociales como prepagas deben dar la medicación al 100% ya que está en peligro inminente la vida de la persona enferma.

La Sra. C.V  tiene  62 años y está con un cuadro de salud delicado que requiere protección urgente. Conforme al relato decidimos iniciar Acción de  Amparo de forma inmediata, el Juez Federal de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar y se ordenó a Mutual Sancor Salud que entregue o cubra al 100% las drogas ATEZOLIZUMAB más quimioterapia (NAB-PACLITAXEL) en la forma prescripta por el médico tratante.

 Nos especializamos en Amparos de Salud, ante la negativa de las Obras Sociales o Prepagas a brindar las prestaciones médicos asistenciales que corresponden .La acción de amparo es una herramienta judicial rápida y eficaz, que  resguarda  los derechos fundamentales de las personas.​

Entendemos que los problemas de nuestros clientes demandan más de nosotros que meros conocimientos jurídicos .Por ello le ofrecemos nuestra experiencia, conocimiento práctico y sectorial .Hacemos lo que mejor sabemos hacer para quienes lo necesitan.​

Nos apasiona dar soluciones a asuntos complejos con excelencia y profesionalidad, sobre todo desde una dimensión profundamente humana. ​Nos avalan 24 años de dedicarnos al Derecho a la salud. Contáctanos al 0116 189-9384.