Se presentó en el estudio la Sra. B. E. N. afiliada a Obra social de farmacia, nos comenta que fue afiliada a la misma desde Septiembre de 2014,como monotributista. En el mes de Noviembre de 2023 obtuvo su beneficio jubilatorio al comunicarse con la Obra Social a los efectos de continuar con la misma, esta le contesto que no recibía jubilados, que ya no le proveerían del tratamiento médico al cual se estaba sometiendo a la fecha y su única alternativa era pasar al Pami. La Sra. B nos comunica que está pasando por un tratamiento oncológico con quimioterapia y al ser cortada la prestación corre grave peligro su vida. Su diagnóstico es CA pulmón E III ,al momento se encuentra con ciclos de quimioterapias ( doce en total) con diferentes drogas y medidas de dosis, habiendo recibido Radioterapia tridimensional conformada en Octubre 2022 .La medicación que está utilizando al momento es Paclitaxel 30 mg 8 ampollas, Prembrolizumab 100 mg(ampollas x 2) Ondasetron 8 mg 2 ampollas .
Ante la desesperación de no poder continuar con su médico tratante oncológico, quien la atiende desde el primer momento de aparecer su diagnóstico. Solicito de todas las formas posibles a la Obra social en cuestión su derecho a continuar en la misma, sin obligación de pasar al Pami. Siempre recibió una negativa rotunda por parte de esta.
Así, es como decidimos iniciar ACCION DE AMPARO a los efectos de solicitar en primera medida la continuidad en la obra social luego de haber recibido su beneficio jubilatorio y por otro lado le solicitamos al Juez interviniente, que ordene continuar con las prestaciones medico asistenciales que gozaba antes de su jubilación. Los cuales eran absolutamente vitales para su vida, conforme que su enfermedad oncológica se encuentra muy avanzada.
En el lapso de 20 el Juez Federal de Capital Federal nos otorgó la medida cautelar y ORDENO: Dispónese que, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE FARMCIA deberá mantener la afiliación de la Sra. B.E.N como beneficiaria de los servicios de salud prestados por esa entidad. Hácesele saber a la demandada que deberá mantener las prestaciones médico asistenciales que les corresponden como afiliada.
Si estás pasando por una situación similar con algún tipo de tratamiento, seas monotributista o hayas trabajado en relación de dependencia.
Si te jubilaste o estas por jubilarte y la obra social o prepaga te informa que no continuara teniéndote como afiliada/o, con la excusa que ellos no reciben jubilados. Tenes que saber que ello no es asi! Al contrario tenes el Derecho a seguir en la obra social y/o prepaga de toda tu vida derivando aportes y con las prestaciones médicas asistenciales de toda la vida.
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