Que el señor F.H, se presentó en el estudio y nos comentó, que su esposa había fallecido hace 3 meses, ella fue afiliada a osde por 25 años y lo tenía a él como socio adherente a la misma. Al momento de su fallecimiento la prepaga al día siguiente, la dio de baja claramente, y a el de la misma manera. Nos relata que se comunicó con OSDE solicitando su continuidad como adherente, más que él estaba bajo tratamiento médico, a lo que recibió una negativa por su parte. A los días obtuvo su beneficio de pensión, volvió a comunicarse con la prepaga vía telefónica, además notifico por medio de carta documento, la situación. En esta oportunidad agregando que conforme su situación de pensionado, no quería ser pasado de forma compulsiva al Pami. Responde la prepaga a la semana, dando como argumento que al fallecer su esposa, ya no le correspondía continuar como beneficiario pensionado, además agrego que ellos no recibían ni jubilados ni pensionados.
Conforme la ley le corresponde que la prepaga, continúe brindando los servicios médico asistenciales de los que era recipiendario en su calidad de cónyuge de la señora G.D.H, ahora fallecida.
Frente al relato decidimos iniciar Acción de Amparo contra la prepaga, a fin de solicitar a una medida cautelar a los efectos que el señor F.H sea nuevamente reafiliado. Como por ley corresponde.
El señor juez de primera instancia, hizo lugar a la medida cautelar, ordenando a la demandada a mantener la afiliación del Sr. F.H, afiliado nro. XXXX, en las condiciones existentes anteriores a la baja, a fin de que pueda hacer uso de las prestaciones pertinentes hasta que se dicte la sentencia definitiva. Agrega en dicha medida cautelar, que así planteada la controversia, conviene tener presente que el objetivo que persigue la demandante es recuperar su condición de afiliado a la prepaga, ahora como titular, debido al fallecimiento de su esposa, abonando las cuotas mensuales que correspondan de conformidad con lo dispuesto por el art. 10 inciso h) de la ley 23.660, afirmando que su contraria le negó tal posibilidad.
Si estás pasando por una situación similar, llámanos al 0116189-9384, podemos ayudarte. Somos especialistas en Amparos de salud desde 2000.S&C ESTUDIO JURIDICO.
