Cuando la salud se judicializa: el rol del abogado especialista en Derecho a la Salud

¿Te dijeron que «no te corresponde» un tratamiento? ¿Tu obra social te rechazó una prestación médica esencial? No estás solo. Y no estás sin herramientas.

En mi experiencia como abogada especializada en Derecho a la Salud, he visto una y otra vez cómo quienes deberían protegernos nos dan la espalda justo cuando más los necesitamos. Pero hay una buena noticia: tenés derechos. Y podés hacerlos valer.


¿Qué hace exactamente un abogado especialista en Derecho a la Salud?

Un profesional en esta rama del derecho no solo conoce la legislación, sino que entiende el sistema de salud, sabe cómo operan las obras sociales y prepagas, y sobre todo, cómo defender tus derechos frente a ellas.

«El derecho a la salud no se mendiga, se ejerce.» — Frase que repetimos mucho en tribunales cuando una madre llora por el medicamento que su hijo necesita.


Tres señales de que necesitas asesoramiento legal ya

  1. Te niegan un medicamento, estudio o tratamiento médico prescripto.
  2. Te ofrecen una “alternativa” que no cubre tus necesidades.
  3. Demoran más de 10 días hábiles en dar respuesta a tu pedido médico.

En todos estos casos, podés exigir por vía legal la cobertura inmediata. Y en muchos casos, conseguirlo en pocos días.


Una historia real (y muy personal)

Recuerdo el caso de Lucía, mamá de un niño con epilepsia refractaria. La prepaga se negó a cubrir un aceite de cannabis medicinal indicado por su neurólogo. Estaba desesperada. En menos de una semana, con una medida cautelar, logramos que se lo otorguen.

🤍 Ver a ese niño estabilizarse fue maravilloso y movilizador. El derecho puede cambiar vidas reales, no solo llenar expedientes.


Consejos prácticos si te enfrentás a una negativa médica

  • Guardá toda la documentación: estudios, recetas médicas, comunicaciones con la obra social/prepaga.
  • Pedí todo por escrito. Si te dan un “no”, exigí una negativa formal.
  • No firmes conformidades sin leer. Muchas veces, disfrazan recortes como acuerdos voluntarios.
  • Consultá a tiempo. Esperar puede jugar en tu contra en lo legal y en tu salud.

¿Te pasó algo parecido?

¡Si estas pasando por alguna situación similar, contáctanos al 011 6189-9384 podemos ayudarte! Sabemos cómo hacerlo!! Nos abalan 25 años de profesión.

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PENSIONADO LOGRA LA CONTINUIDAD EN LA PREPAGA DE TODA LA VIDA LUEGO DEL FALLECIMIENTO DE SU ESPOSA.ACCION DE AMPARO.

Que  el señor F.H, se presentó en el estudio y nos comentó, que su  esposa había fallecido hace 3 meses, ella fue afiliada a osde por 25 años y lo tenía a él como socio adherente a la misma. Al momento de su fallecimiento la prepaga al día siguiente, la dio de baja claramente, y a el de la misma manera. Nos relata  que se comunicó con OSDE solicitando su continuidad como adherente, más que él estaba bajo tratamiento médico, a lo que recibió una negativa por su parte. A los días obtuvo su beneficio de pensión, volvió a comunicarse con la prepaga vía telefónica, además notifico por medio de carta documento, la situación. En esta oportunidad  agregando que conforme su situación de pensionado, no quería ser pasado de forma compulsiva al Pami. Responde la prepaga a la semana, dando  como argumento que al fallecer su esposa, ya no le correspondía continuar  como beneficiario pensionado, además agrego que ellos no recibían ni jubilados ni pensionados.

 Conforme la ley le corresponde que la prepaga,  continúe  brindando  los servicios  médico  asistenciales  de  los  que  era  recipiendario  en  su  calidad  de cónyuge de la señora G.D.H, ahora fallecida.

Frente al relato decidimos iniciar Acción de Amparo contra la prepaga,  a   fin   de  solicitar a una medida cautelar a los efectos que el señor F.H sea nuevamente reafiliado. Como por ley corresponde.

El señor juez de primera instancia, hizo lugar a la medida cautelar, ordenando a la demandada a mantener la afiliación del Sr.  F.H,  afiliado nro. XXXX, en las condiciones existentes anteriores a la baja, a fin de que pueda hacer uso de las prestaciones pertinentes hasta que se dicte la sentencia definitiva. Agrega en dicha medida cautelar, que así planteada la controversia, conviene tener presente que el objetivo que persigue la demandante es recuperar su condición de afiliado a la  prepaga,  ahora  como  titular, debido  al  fallecimiento  de su  esposa,  abonando  las  cuotas  mensuales que  correspondan  de conformidad  con  lo  dispuesto  por  el  art.  10  inciso h)  de  la  ley  23.660, afirmando  que  su  contraria  le  negó  tal  posibilidad.

Si estás pasando por una situación similar, llámanos al 0116189-9384, podemos ayudarte. Somos especialistas en Amparos de salud desde 2000.S&C ESTUDIO JURIDICO.