Amparo por discapacidad: cómo lograr cobertura total en salud, tratamientos y cuidadores.

¿Sabías que si tenés un familiar con discapacidad y no recibe cobertura completa podés iniciar un amparo y obtenerla en pocos días?

En nuestro estudio hemos acompañado numerosos casos de personas que no podían acceder a medicamentos, tratamientos, rehabilitación, internación domiciliaria o cuidadores por negativas arbitrarias de obras sociales o prepagas. Pero la Justicia responde rápidamente cuando está en juego la salud de una persona con Certificado Único de Discapacidad (CUD).


¿Qué dice la ley?

  • Ley 24.901: establece el Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral para personas con discapacidad. Esta ley es de orden público, y obliga a todas las obras sociales y prepagas.
  • Constitución Nacional, art. 75 inc. 22: da jerarquía constitucional a tratados de derechos humanos que protegen la salud y la dignidad de las personas con discapacidad.
  • Decreto 1193/98 y Resoluciones del Ministerio de Salud: complementan la normativa y definen qué prestaciones deben cubrirse.

Problemas más frecuentes:

  • Negativa de medicamentos costosos o importados
  • Rechazo de cobertura para cuidadores domiciliarios
  • Cortes de prestaciones por edad o burocracia
  • Rechazo a terapias complementarias (fisioterapia, fonoaudiología, acompañantes, hogar de día)
  • Demoras eternas en autorizaciones
  • Falta de reintegro de gastos ya efectuados

Caso real del estudio: María L.

María tiene 23 años, padece una discapacidad neurológica severa desde el nacimiento. Su prepaga (OSDE) comenzó a limitarle las sesiones de rehabilitación y le cortó el reintegro del Hogar de Día al que asistía desde hace años. La familia pagaba más de $3.000.000 mensuales.

Se presentó un amparo de salud urgente, solicitando:

  • Continuidad del Hogar de Día
  • Medicación de alto costo
  • Reintegro de lo abonado
  • Cuidadores domiciliarios de lunes a sábado

Resultado: El juez hizo lugar a la medida cautelar en 48 hs, ordenando a la prepaga cubrir la totalidad de las prestaciones.


¿Qué necesitás para iniciar un amparo?

  • Copia del CUD vigente
  • Historia clínica y receta médica
  • Nota de rechazo o silencio de la prepaga/obra social
  • Presupuestos (si corresponde)
  • DNI del paciente y su apoderado
  • Poder si el familiar está en el exterior

Importante:

El amparo de salud por discapacidad no requiere mediación previa.
Se tramita por vía urgente en los tribunales federales, y muchas veces se obtiene una orden judicial en menos de 5 días.


Preguntas frecuentes

¿PAMI cubre igual?
Sí, pero en muchos casos también incumple. Es posible hacer amparos contra PAMI.

¿Y si el familiar está en otra provincia?
Podemos actuar desde Buenos Aires y presentar el amparo en CABA si la obra social tiene sede aquí.


Jurisprudencia reciente

«Corresponde hacer lugar a la medida cautelar y ordenar a la obra social demandada la cobertura integral de las prestaciones de rehabilitación y atención domiciliaria indicadas a la menor con discapacidad, en virtud de lo previsto por la ley 24.901 y el art. 75 inc. 23 CN.»
Cámara Civil y Comercial Federal, Sala II, 2024.


¿Necesitas ayuda?

En el Estudio Sciolla-Casariego llevamos más de 25 años acompañando familias en situaciones de discapacidad. Sabemos que el sistema es lento e injusto, pero los jueces pueden ordenar lo que las prepagas niegan.

Escribinos por WhatsApp: +54 9 11 6189-9384
o por mail: gabrielasciolla@gmail.com


No estás solo. No aceptes un “no” como respuesta cuando la salud de tu ser querido está en juego. Luchamos por el Derecho a la salud.

INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE PRESTACIONES POR DISCAPACIDAD.COMO SOLICITAR TU DERECHO A LA SALUD EN TU OBRA SOCIAL Y/O PREPAGA.

Te negaron la continuidad del tratamiento para tu niño/a, porque la obra social no ha pagado. Todos los meses tenés que pagar grandes sumas de dinero entre diferentes profesionales, tales como: psicólogo, psiquiatra, maestra integradora, etc. Te encontrás, con la frustración que tu niño/a no pueda avanzar con el tratamiento por culpa de la obra social y/o prepaga » que por ley debe garantizar la atención de personas en condición de discapacidad»?

Claramente, esta situación se convierte en un reto enorme por los constantes incumplimientos de las obras sociales.

Tu vida gira en torno a su tratamiento: horarios de las citas, cambios en los lugares de terapias, dinero que hay que disponer ,sin que la obra social o prepaga ,cumpla en tiempo y forma con el pago , entre otros, y estos se ven alterados por situaciones como esta.

¿Qué dice la ley? La ley 24901 determina un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos. No se puede delegar las obligaciones administrativas y de pago a los afiliados, las obras sociales deben cumplir en forma y a tiempo con estas tareas.

Por lo general, los padres se agotan de mandar notas y reclamos por dichos incumplimientos.

Las respuestas siempre son, lo estaremos enviando a la brevedad. BREVEDAD, que muchas veces son dilaciones de 4 a 6 meses .Cuestión que al momento del reembolso, ese dinero ya no es suficiente para afrontar los pagos las prestaciones.

¿Cómo hacer la reclamación por incumplimiento de prestaciones de salud a usuarios con discapacidad? Si tenés problemas con la obra social para la atención adecuada de tu familiar, podés seguir con alguna de estas opciones iniciales: Reclamación directa en Obra social, podrás iniciar el trámite en la Superintendencia de Salud (Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530, de lunes a viernes de 10 a 16). Si la negativa continua, o directamente no te proporcionan una respuesta satisfactoria, el camino es la Acción de Amparo.

Que te garantiza el AMPARO DE SALUD? No permitir que sigan violando los derechos fundamentales sobre la salud, lograr la atención de los profesionales que por tratamiento tú niño necesita, en el caso que se reintegre en tiempo y forma lo pagado, para las diferentes prestaciones.

La ley en todos sus sentidos, protege tus derechos o los de tus familiares afectados. Contáctanos podemos ayudarte! 01161899384