CONTINUA CON LA OBRA SOCIAL DE TODA LA VIDA AL LLEGAR A LA JUBILACIÓN. COMO SE DERIVAN TUS APORTES AL JUBILARTE?

Una de la inquietudes mas frecuentes al llegar el momento jubilatorio es saber que pasa con los aportes de la obra social.
Tenes que tener en cuenta que algunas empresas hacen convenios con prepagas y con una pago adicional te la ofrecen o bien  las mismas empresas se hacen cargo del pago de un plan corporativo.
Entonces,que pasa con los aportes ?O que hacer con los aportes?Al momento de obtener el beneficio jubilatorio la ley permite aprovechar tus aportes de la siguiente manera:
1).-Continuar con tu obra social /prepaga de toda la vida y usar asi ,la derivación de aportes a la misma.
—Un dato a tener en cuenta en este momento es que hay que fijarse muy bien cual es tu obra social principal ,ya que como dijimos anteriormente las empresas te ofrecen Omint, Osde, Swiss Medical etc (por medio de un plan superador o corporativo=).
Siempre hay una obra social sindical que es la que deriva los aportes a la obra social que tiene el convenio a su vez con la prepaga.
Entonces:
a=)Obra social sindical
b=)Deriva aportes a la obra social
c=)Obra social deriva los aportes a la prepaga Swiss Medical,Omint, Osde etc.
Cuando te niegan la continuidad ,solo podes reclamarlo mediante un Recurso de Amparo ,por medio del cual se solicita ante un juez federal la continuidad en tu obra social/pre paga de toda la vida ,que tus aportes sean transferidos a la misma.
Esto servirá para pagar menos de prepaga.2 .Ademas bajar el pago de iva.
Si te encontras en una situación similar no dudes en contactarnos .

«LOS JUBILADOS PUEDEN PERMANECER EN LA OBRA SOCIAL UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION-(UP)-Y NO PASAR DE FORMA PRIVADA A ACCORD SALUD».

Muchos desconocen que la afiliación a PAMI siempre es voluntaria, y no compulsiva.  Frecuentemente  sucede luego de aportar muchos años a la obra social ,a la hora de jubilarse la persona quiere continuar con esta ,para mantener las prestaciones medico asistenciales de toda la vida .La obra social se niega y plantea que la obra social obligatoria es PAMI. Frente a este contexto el jubilado cree que la única salida es afiliarse a una pre paga de forma particular.Lo importante aquí es iniciar de forma inminente un juicio de amparo,ya que para los jueces ,no se produce un pase automático del beneficiario de la obra social al Pami sino que la transferencia queda supeditada a la opción de afiliación que el jubilado tiene que hacer expresa y voluntariamente.

Los últimos casos mas frecuentes en el estudio son personas que al llegar a su edad jubilatoria Union Personal les informa que ya no podrán seguir siendo afiliados a la misma y la única opción sera pasar de forma particular a Accord Salud,así llegando a para sumas muy altas por la prestación medica.

Lo mas importante de este articulo es comentar que esta forma poco seria de desvincularse de los jubilados ya no es tan practica  de hacer.

Con fecha 21 de Febrero de 2019, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, dictó esta importante medida cautelar de alcance nacional contra la Obra Social .

Unión personal hace años que al llegar a la edad jubilatoria a sus afiliados les informaban ,que debían pasar a Accord salud (pagando) o se tenían que pasar directamente al Pami .

Esta era una práctica absolutamente abusiva y mentirosa .Hoy la cámara ordenó por medio de un amparo colectivo reafiliar a todos aquellos beneficiarios que fueron expulsados de la misma.

El obrar de esta Obra Social ya había sido denunciado en cantidad de casos individuales. En esos juicios ya se venía declarando la ilicitud del proceder otorgando amparos y dictando cautelares contra la demandada, ordenando restituir la condición de afiliado.

La Sentencia de la Sala II no sólo ordenó a la Obra Social suspender en forma inmediata las des afiliaciones, sino que además ordenó re afiliar a todos los usuarios . Por otra parte  deberá respetar las mismas condiciones en las cuales el servicio era prestado mientras el trabajador se encontraba en actividad.

Si estas pasando por una situación similar ,contactanos nosotros podemos ayudarte .

WHATSAPP 01161899384.

PUBLICIDAD ENGAÑOSA SOBRE UNA EMPRESA AÉREA. No se apure por vender!Fuero contencioso administrativo.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó una multa de $30.000 por publicidad engañosa sobre una empresa de turismo por consignar en un anuncio “ofertas febrero últimos lugares”. La Ley obliga a informar la cantidad de lugares disponibles con los que la firma cuenta para cubrir la oferta.

Por un anuncio en donde se consignaba  “·…Ofertas febrero últimos lugares…”, pero “sin indicar la cantidad de lugares disponibles con los que la firma cuenta para cubrir la oferta”, la empresa Pedraza Viajes y Turismo recibió una multa de $30.000 de la  Dirección Nacional de Comercio Interior.

La multa posteriormente fue confirmada por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que recordó que este tipo de infracciones revisten el carácter de formal por lo que no se necesita la comprobación de un daño concreto para imponer la sanción.

Los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, firmantes del fallo, señalaron que la Ley de Defensa del Consumidor estipula “la obligación del productor, distribuidor o comerciante de brindar toda la información necesaria a los usuarios o consumidores con respecto a las características esenciales de los productos o servicios ofrecidos”.

LA empresa reconoció que la frase “quizás no fue la indicada ya que podría interpretarse la misma con un sentido cuantitativo”, pero aclaró que éste no era el sentido que se quería transmitir, “sino que se hacía referencia a la proximidad del viaje”.

Sin embargo, el anunció destacaba lo siguiente: “Lanzamiento “Baja Temporada” Reserve Ahora!!!”, para la Cámara, eso “no da lugar a mayores interpretaciones dado lo engañoso de la publicidad, si como lo dice la recurrente dichas frases se referían a la proximidad del viaje y no a la cantidad de lugares disponibles”.