COMO TRAMITAR EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD O EL LLAMADO CUD?

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD .

CUD

¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD O EL CUD?
El Certificado Único de Discapacidad o CUD es un documento público de validez nacional emitido por una junta evaluadora interdisciplinaria que certifica la discapacidad de la persona. El CUD es un documento inviolable e intransferible impreso en papel moneda que cuenta con número único, código de barras y logo institucional.

¿DÓNDE LO TRAMITO?
En la Junta Evaluadora más cercana al domicilio que figura en tu Documento de Identidad. Para localizarla accedé al Listado de Juntas Evaluadoras.

¿CÓMO LO TRAMITO? PASOS A SEGUIR
PASO 1. Averiguá dónde se tramita el CUD
De acuerdo al domicilio que figura en tu Documento de Identidad tenés que averiguar cuál es la Junta Evaluadora que te corresponde para tramitar el CUD. Para conocer la dirección de la Junta Evaluadora hacé click aquí o comunicate con el Centro Gratuito de Atención Telefónica del SNR: 0800-555-3472
PASO 2: Solicitá un turno.
Ponete en contacto con la Junta Evaluadora que corresponda, y solicitá el turno para la evaluación.
PASO 3: Presentate a la evaluación.
La Junta Evaluadora Interdisciplinaria va a determinar si corresponde la emisión del CUD.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TENGO QUE PRESENTAR?

  • Documento de identidad (original y copia).
  • Certificado médico original con diagnóstico completo, secuela y tratamiento realizado con firma y sello del médico con fecha cuya antigüedad no sea mayor a los seis meses.
  • Estudios médicos complementarios e informes del equipo tratante en caso de ser necesario.
  • Planilla completada por el médico tratante según el caso. (ver Legislación al final de esta página)
  • Fotocopia del carnet de la obra social.
  • Si trabajás: último recibo de sueldo. Si no, del titular de la obra social.
  • Si sos jubilado: último comprobante de cobro.
  • Partida de nacimiento/curatela/apoyos designados judicialmente.

PERDÍ MI CUD, ¿QUÉ HAGO?
En caso de pérdida o extravío tenés que realizar la denuncia policial o exposición civil pertinente, y contactarte con la Junta Evaluadora que te corresponda, de acuerdo al domicilio que figura en tu DNI.

LO QUE TENGO QUE SABER SOBRE EL TRÁMITE
El trámite es gratuito y voluntario.

¿A QUÉ DERECHOS ACCEDO?
Salud
La Ley Nº 24.901 establece la cobertura del 100% en las prestaciones para personas con discapacidad. Tanto medicamentos como prótesis y tratamientos, siempre de acuerdo al tipo de discapacidad certificada.

Reclamos por incumplimientos o consultas de cobertura
Superintendencia de Servicios de Salud
0-800-222- SALUD (72583)
PAMI- INSSJP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados) 
0-800-222-7264 ó 138
Programa Federal Incluir Salud (ex PROFE)
0800-333-7763 (opción 1-Incluir Salud)

PACIENTE ONCOLÒGICO. FALLO MDR C/SWISS MEDICAL S.A S/AMPARO art 9 de la ley de prepagas . La prepaga intenta dar de baja a un paciente con la escusa de haber completado mal la declaración jurada .

Hay casos muy comunes ,donde las prepagas dan de baja al prestador con la escusa de haber completado mal la declaración jurada al momento de la adhesión .El siguiente es uno de los muchos fallos donde la Camara Federal de Mar del Plata ,falla a favor del amparista ,condenado así a  Swiss Medical a cumplir con todo el tratamiento ontológico del paciente.

1º)
Se inicia acción de amparo contra SWISS MEDICAL S.A., y en consecuencia, ordena a que la obra social indicada arbitre lo conducente para otorgarle al actor, la cobertura de internación para el tratamiento de quimioterapia en la Clínica 25 de Mayo, y las drogas
indicadas por su médico tratante para el “Bloque 1” de dicho tratamiento
oncológico, declarando de legítimo abono los gastos en que haya incurrido el
amparista con posterioridad a la fecha de promoción de este amparo.
La prepaga por su parte manifiesta que siempre realizó

las gestiones normales que preceden a una autorización del tipo de la pretendida
en autos. Como segundo agravio cuestiona lo resuelto en la instancia de grado
en tanto entiende que con las constancias de la causa ha quedado demostrado

que la relación contractual que uniera a las partes se encontraba viciada desde
el comienzo dado que el accionante omitió declarar las patologías que lo
aquejaban en forma previa a su ingreso.

Y así fue que Swiss Medical aceptó la oferta de contratación realizada por el actor dado que no conocía las afecciones y patologías del mismo.
El análisis del escrito de apelación de la accionada revela que lo que
se cuestiona es que se haya hecho lugar a la demanda cuando –a su entender-
el paciente falseó y omitió deliberadamente información en la Declaración
Jurada de Salud sobre la cual su mandante formó consentimiento.-
SE RESUELVE
:
Por unanimidad:
I –
Rechazar el recurso de apelación deducido por la demandada y
consecuentemente confirmar la sentencia de fs. 66/70.-
II
Con costas de Alzada a la recurrente vencida.-
Por mayoría Dr. Alejandro O. Tazza y Dr. Pablo E. Jiménez
III –
Reconocer a la accionada la facultad de renegociar la cuota de
afiliación dentro de los parámetros que ofrece el marco contractual vigente entre
las partes y los que estipule la autoridad de aplicación.-