La continuidad en la jubilación en la obra social y/o planes superadores de prepagas es un derecho fundamental amparado por  la ley .El traspaso al Pami no es compulsivo .Las obras sociales y prepagas especulan al momento de iniciar tus tramites jubilatorios y te informan que no podes continuar con ellos como afiliado ,la única forma es pagando de forma particular sin derivar aportes .Esto no es así .El derecho fundamental de la salud  no puede ser violado por obras sociales y prepagas.

Cuales son las leyes que te protegen para continuar en  la obra social o prepaga que tenías en actividad?

Las leyes 23.660 y 23.661 (una es la ley de prepaga y una de obra social) ambas permiten elegir a la persona la obra social que desee. Por otra parte la ley de Pami ,no obliga a la persona a ser transferido compulsivamente.

En conclusión si trabajaste en relación de dependencia y estabas afiliado a una obra social o prepga derivando aportes y con las prestaciones medico asistenciales de toda una vida. La ley te ampara pára que continúes de la misma forma una vez que inicies tus tramites jubilatorios.

Si te deniegan la continuidad como afiliado , lo más importante es :No firmes nada en Pami ! Por otro lado tenes que hacer el reclamo en la obra social o prepaga exigiendo la continuidad en la misma. También podes iniciar el reclamo frente a la Superintendencia de Salud .Si no obtenes una respuesta positiva hay  que iniciar un Recurso de amparo .

Hay miles de casos de éxito y jurisprudencia por medio de las cuales los jueces ordenan la reafiliacion inmediata a la obra social y/o prepaga.

En el enlace de abajo te dejo uno de los tantos casos de éxito .

La Obra   Social   de  Comisarios Navales   (OSOCNA)  y   la  Organización  de   Servicios   Directos Empresarios   (OSDE) deberán   mantener   la  afiliación   bajo   la modalidad del Plan 210,una vez otorgada la jubilación . El traspaso al pami no es compulsivo.

Si estas siendo vulnerado en tu derecho a la salud. Comunicate con nosotros al 01161899384 Sabemos como ayudarte .

3 comentarios sobre “COMO CONTINUAR CON LA OBRA SOCIAL O PREPAGA DE TODA LA VIDA AL MOMENTO DE JUBILARTE .

  1. Necesito información y asesoramiento sobre este. Estoy proxima a jubilarme y quiero mantener la prepaga (OSDE) derivando mis aportes a la obra social con la cual tiene convenio, en mi caso se trata de pilotos de aerolineas. Gracias.

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  2. Perdoon.buenas noches.yo me jubilé hace 3 años. Tenia osdipp por 13 años en la empresa que me jubile.ahora la pago particular.porque el pago no me cubre casi nada.un remedio necesario de por vida las 2 cajas x 30 pastillas sale 14.000 pesos pami cubre 20% osdipp el 60% y la mutual de jerarquicos 20% o sea que fui a osdipp y me dijeron que no podían recibir los aportes del pami por el traspaso de mi deducciones por obra social xque osdipp no se encontraba en el listado de prestadores para tomar ni jubilados ni pensionados.es todo atte.sergio estefo. Sergio estefo @hotmail.com

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    1. Buenas tardes Sergio:El tema no es asi!La obra social/prepaga por ley le debe derivar aportes de la misma forma que durante la vida laboral .Usted esta en condiciones de iniciar el reclamo pertinente. Comuníquese conmigo al 01161899484 para poder informarle mejor sobre el reclamo.Saludos Dra Gabriela Sciolla

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