El motivo de su demanda se debió a la negativa de la entidad de medicina prepaga de otorgar la asistencia indispensable para el desarrollo motriz y cognoscitivo de su hijo.

  Llega al estudio una madre para iniciar un Recurso de Amparo en representación de su hijo menor a los efectos que la prepaga OSDE suministre la cobertura del 100% del tratamiento médico asistencial requerido para el niño. El motivo de su demanda se debió a la negativa de la entidad de medicina prepaga de otorgar la asistencia indispensable para el desarrollo motriz y cognoscitivo de su hijo En este marco, solicitó que se solicitó al Juez federal ordene el cumplimiento de la prestación en la Fundación para la Lucha contra las Enfermedades Neurológicas de la Infancia (FLENI), a raíz del cuadro de encefalopatía crónico no evolutivo que presenta. En su presentación, expresó que la patología que sufre su hijo genera un retraso de la adquisición del lenguaje, con afectación de habilidades socio comunicativas y socioemocionales.

La negativa constante e injustificada de la demandada sólo tenía como  fundamento en la necesidad de abaratar sus costos, aún a precio de violar el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud del niño.

En orden a solicitar la medida cautelar era justificar la asistencia en el centro especializado que menciona, expresó que la especial situación de su hijo y el desarrollo de su afección requieren del Instituto indicado en la demanda ‐ único en Latinoamérica‐, que posee programas y tratamientos que pueden lograr la mejoría en sus dificultades, con resultados esperables que le permitirían alcanzar un mejor nivel de salud y con ello de calidad de vida, en atención a su discapacidad.

La sentencia en examen otorgó el amparo requerido, considerando procedente la vía elegida y probada, con los informes médicos y demás documentación agregada a la causa, que el menor, representado en autos por su madre, padece la patología descripta. En consecuencia, para preservar su derecho a la salud y a la vida digna, ordena a los demandados a suministrar la cobertura del 100% del tratamiento médico asistencial requerido en la Fundación para la Lucha contra las Enfermedades Neurológicas de la Infancia (FLENI), en la extensión que su enfermedad requiera y de conformidad con las prescripciones que establezcan los médicos tratantes. Con costas al vencido.

No dejes que vulneren tus derechos, muchas veces las obras sociales y prepagas rechazan los tratamientos  ,pero tenes la opción de solicitar una medida cautelar por medio de un Recurso de Amparo. Contactanos al 01161899384 , podemos ayudarte.

Fuente: AUTOS Y VISTOS: este expte. n° 15.233, caratulado A G., L. c/ OSDE y Otro s/ amparo  proveniente

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