«Hace unas semanas, se presentó en nuestro estudio el hijo del Sr. R.S su padre, un hombre de 82 años con un cuadro de deterioro cognitivo avanzado, necesitaba una internación geriátrica urgente que su prepaga se negaba a cubrir.
El hijo nos contaba con angustia que, tras 20 años de cobertura, la respuesta de la entidad fue un simple ‘no está en el plan’,no pertenece al PMO . Este es el punto donde decidimos intervenir con urgencia.
¿Qué hicimos? En lugar de aceptar la negativa, recolectamos la orden médica fundamentada y el CUD del Sr. R.S, Iniciamos un Amparo de Salud solicitando una medida cautelar inmediata. A los pocos días, logramos que el Juez ordenara la cobertura provisoria del 100% de la residencia geriátrica, garantizando la dignidad que el Sr. R.S merecía.
«En el ejercicio diario del derecho, específicamente en los Amparos de Salud, la internación geriátrica representa uno de los puntos de mayor conflicto entre los afiliados y las entidades de salud. Muchas familias llegan al estudio con la idea de que la prepaga solo cubre ‘lo que dice el contrato’, cuando en realidad, el marco legal es mucho más amplio y protector.
El Bloque de Legalidad: Más allá de los contratos
La obligación de cobertura no nace de la voluntad de la prepaga, sino de un sistema jerárquico que comienza en la Constitución Nacional y se cristaliza en la Ley 24.901. Esta norma establece el sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad, garantizando una cobertura del 100% en las prestaciones que sus necesidades requieran.
Jurisprudencia: Lo que dicen nuestros Jueces
Es doctrina consolidada de nuestros tribunales que el derecho a la vida y a la salud es el primer derecho de la persona humana, preexistente y superior a cualquier acuerdo privado.
Los jueces han sido contundentes al señalar que:
- Continuidad de tratamiento: Una vez que el paciente está internado, la entidad no puede interrumpir el pago de la prestación alegando falta de presupuesto o convenios.
- Dignidad de la vejez: La jurisprudencia argentina ha integrado el concepto de ‘vejez digna’ como un derecho humano fundamental, lo que obliga a las obras sociales a cubrir el geriátrico aun cuando no cuenten con la institución en su cartilla, siempre que se fundamente la necesidad de la familia.
El Rol de la Medida Cautelar
Como especialista con más de dos décadas en el fuero, recalco que el tiempo es un factor crítico. El inicio de un Amparo de Salud permite solicitar una medida cautelar innovativa. Esto significa que, mientras se tramita el juicio principal, el juez ordena preventivamente que la prepaga cubra la internación, evitando que el paciente sufra un perjuicio irreparable o el abandono de persona.
En el Estudio Sciolla – Casariego, acompañamos a las familias en la recolección de pruebas fundamentales (como el CUD y las órdenes médicas detalladas) para que el reclamo judicial sea sólido desde el primer día.»Si estas pasando por una situación similar llámanos podemos ayudarte,hace 26 años que nos especializamos en AMPAROS DE SALUD.011-6189-9384
Publicado por SCIOLLA-CASARIEGO ESPECIALISTAS EN AMPAROS
A QUE SE DEDICA EL ESTUDIO-QUIENES SOMOS
Nos especializamos en Amparos de Salud, ante la negativa de las Obras
Sociales o Prepagas a brindar las prestaciones médicos asistenciales que
corresponden. La acción de amparo es una herramienta judicial rápida y
eficaz, que resguarda los derechos fundamentales de las personas.
Entendemos que los problemas de nuestros clientes demandan más de
nosotros que meros conocimientos jurídicos. Por ello le ofrecemos
nuestra experiencia, conocimiento práctico y sectorial. Hacemos lo que
mejor sabemos hacer para quienes lo necesitan.
Nos apasiona dar soluciones a asuntos complejos con excelencia y
profesionalidad, sobre todo desde una dimensión profundamente
humana. Nos avalan 20 años de dedicarnos al Derecho a la salud.
DEBIDO A QUE ME DEDIQUE AL DERECHO A LA SALUD –LA HISTORIA DE
MI MADRE
Hace 17 años mi madre sufrió de un aneurisma, fue intervenida
quirúrgicamente en el Hospital Naval sin éxito. Luego quedando internada
en el Hospital Aeronáutico perteneciente a la obra social de mi padre de
toda la vida quien trabajo hasta el momento de su jubilación en la Fuerza
Aérea como personal civil.
Al término de 30 días mi madre no despertaba, pasaba de sala de piso a
terapia intensiva. Una mañana los médicos comunico a la familia que la
debían externar del hospital, que ella se encontraba en estado
vegetativo y la teníamos que llevar a nuestra casa.
Como hija he sentido la tristeza, desolación y el desconsuelo de tal noticia,
más aún estaba embarazada de 6 meses de mi hija Valentina y bajo un
embarazo de alto riesgo. El contexto en la familia era muy complicado, a
esa altura mi padre tenía 80 años y sus problemas de salud.
Yo era abogada, pero en un estado complejo por mi embarazo, por lo
tanto mi hermana y yo salimos a golpear las puertas de la Fuerza Aérea
para que le provean a mi madre un lugar donde estar, un centro de
rehabilitación y o un geriátrico. Recorrimos todas y cada una de las
delegaciones y oficinas de la Fuerza y las respuestas siempre eran
negativas. Asumimos y soportamos los atropellos de todos aquellos
hombres de uniformes con tiras y alitas en el pecho, viendo como
vulneraban día a día los derechos a la salud y dignidad de mi madre en las
condiciones que se encontraba.
El camino fue muy duro para ambas, yo desolada por la situación de mi
madre y teniendo que intentar cuidar un embarazo muy complejo y mi
hermana devastada por la situación y apuntalándome para que mí
embarazo no corra más riesgos.
Juntas hemos pasado muchas horas de sufrimiento, aprendizaje
y lucha. Éramos dos mujeres que encontrábamos solo burocracia y burla
en tal obra social.
En esos momentos tan terribles de la vida, no se necesitan
simpáticos, gente disfrazada de buena, el que dice soy amigo “de ….” sino
de agallas y poder contar con un buen asesoramiento jurídico. Coraje
sobre todo!
Desde que salí de la facultad hace 20 años me dedique al Derecho
Constitucional, a iniciar acciones de Amparos –sobre todo eran cuestiones
bancarias-.
En este momento tan doloroso me tocaba con la poca Fuerza que tenía
hacerlo por mi madre a los efectos de solicitar a un Juez Federal la
asistencia y que resguarde los derechos fundamentales de su vida.
En una semana, tuvimos el Amparo a nuestro favor y mi madre estuvo
cuidada en un geriátrico con rehabilitación, con todas las prestaciones
correspondientes, pagado por la misma obra social, por el lapso de dos
años hasta que falleció. Allí comenzó mi cruzada y mis especializaciones y
doctorados en Derecho a la salud, para asesorar y ayudar a la gente con
reclamaciones por vulneración de sus derechos de salud, especialmente
en lo relacionado con la cobertura e incumplimientos de obras sociales y
prepagas, para personas que realmente la necesitan y quedan con la
negativa de estas.
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